Derechos y deberes

Coacpesan, un sueño hecho realidad

Así comenzó la historia de un grupo de pensionados que un día, decidió sacar adelante un proyecto para crear una cooperativa de ahorro y crédito para los pensionados de Ecopetrol.

Derechos

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS, CONDICIONES PARA SU ADMISION, RETIRO Y EXCLUSION. Los asociados, además de lo contemplado en las leyes y estatutos, deben estar protegidos por las normas del Gobierno Corporativo, el cual debe velar por el respeto de sus derechos y la protección de sus intereses y sus aportaciones. Los asociados tendrán, sin ninguna clase de discriminación, los siguientes derechos, los cuales serán garantizados por los administradores, como por la junta de vigilancia. Estos derechos se les darán a conocer en el momento en que se asocien, como en la Asamblea de asociados y en los estatutos así:

  • Elegir y ser elegido para los órganos de administración y control.
  • Participar de los excedentes, beneficios y programas sociales de la cooperativa.
  • A ser capacitado regularmente acerca de los principios y valores organizacionales y sobre economía solidaria. La cooperativa, anualmente, elaborará y ejecutará un plan de capacitación que cubra todo el radio de acción institucional.
  • A ser capacitado e informado sobre los requisitos que sean necesarios para ser elegido como miembro del Consejo de administración, junta de vigilancia y comités sociales. La cooperativa ejecutará un plan de capacitación de acuerdo a lo estipulado en el PESEMS.
  • Fiscalizar la gestión de los miembros del Consejo de administración, los comités designados por la Asamblea, juntas de vigilancia y el revisor fiscal.
  • Participar y votar en las Asambleas generales de asociados o en las Asambleas de delegados.
  • Participar en la elección de los miembros del Consejo de administración, la junta de vigilancia, así como de los comités creados por la Asamblea, y del revisor fiscal.
  • Contar con mecanismos efectivos y económicos para garantizar su participación en las Asambleas generales de asociados.
  • Ser informados plena y periódicamente sobre la situación, evolución y futuro previsible de la cooperativa en tiempo oportuno y de forma integral.
  • Contar con canales adecuados y ágiles para ejercer sus derechos.
  • Proponer políticas y directrices para debatir en la Asamblea general de asociados y para la administración de la cooperativa.
  • Disponer de los estatutos actualizados.

Deberes

DEBERES GENERALES DE LOS ASOCIADOS. El ejercicio de los derechos está condicionado al cumplimiento de los deberes que otorgan la autoridad moral, la cual nace como consecuencia de la conducta ESTATUTOS 2019 – COACPESAN 5 ejemplar y mostrable de atender debidamente los deberes como asociado de la cooperativa. Conforme a lo anterior, es deber de los asociados de la Cooperativa:

  • Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y los presentes estatutos.
  • Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
  • Aceptar y cumplir las decisiones de la Asamblea, los órganos de administración y vigilancia de la cooperativa.
  • Comportarse solidariamente en sus relaciones con la cooperativa y con los asociados de la misma.
  • Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la cooperativa.
  • Abstenerse de realizar con la organización, con sus órganos de administración y vigilancia, así como con la gerencia y empleados, actos que tiendan a perjudicar a la cooperativa, a los demás asociados o a terceros.
  • Abstenerse de emitir comentarios o juicios en público que puedan afectar la reputación o el funcionamiento de la cooperativa.
  •  Abstenerse de utilizar mecanismos ilegales o no autorizados para obtener ventajas injustas en sus relaciones con la cooperativa.
  • El asociado deberá informar a la cooperativa, el origen de los fondos de sus actividades u operaciones económicas, en el momento que la entidad lo requiera, así como la restante información relacionada en su condición de asociado, que sea necesaria en el funcionamiento normal de la cooperativa y para todos los efectos legales.
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